A partir del 02/10/2013 será obligatorio, según la Resolución General AFIP 3377/2012, lo siguiente: «Los sitios «web» de los contribuyentes y/o responsables que realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros, deberán colocar en un lugar
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